En las Ofertas de Empleo Público se publican
de forma periódica plazas para cubrir las vacantes en la Administración
(Administración General del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales).
Una vez publicadas, cada administración realiza una convocatoria para iniciar
el proceso selectivo.
Estas vacantes pueden ser de Promoción interna o de Turno libre. En ambos casos, se suele
reservar plazas para personas con discapacidad. Las vacantes de Turno Libre son de nuevo ingreso,
es decir, dirigidas a personas que no estén dentro de la Administración Pública
y que cumplan con los requisitos exigidos. Normalmente, los aspirantes que se
presenten por Promoción interna no
podrán optar en la misma convocatoria a plazas destinadas al Turno libre.
En las Ofertas de Empleo Público se indica el
número total de plazas, si bien no suele especificarse el reparto: es decir,
cuantas se destinan a Turno Libre o la
distribución por Especialidad. Es información se especifica en la Convocatoria.
El proceso de selección puede ser de Oposición o de Concurso-oposición. En ambos casos hay un proceso de selección
igual para todos los candidatos si bien en el caso de concurso-oposición, hay una fase de selección adicional en la que
se valoran otros méritos, como la experiencia (normalmente en la
administración), la formación o las aptitudes. En el caso de las oposiciones
para Ingeniero de la Comunidad de Madrid el proceso de selección es el de oposición,
lo que significa que no tiene en cuenta la formación o experiencia previa, y
todos los candidatos son valorados bajo los mismos parámetros.
Las oposiciones
para Ingeniero de la Comunidad de Madrid, dan acceso a las vacantes del
cuerpo de Ingenieros y Arquitectos
Superiores e Ingenieros y Arquitectos
Técnicos:
· El cuerpo de Ingenieros y
Arquitectos Superiores se clasifica como Grupo A - Subgrupo A1. Puede
acceder quien posea el título de Ingeniero, Arquitecto o Master universitario,
que habilite para el ejercicio de las distintas profesiones reguladas de
Ingeniero.
· El cuerpo de Ingenieros y
Arquitectos Técnicos se clasifica como Grupo A - Subgrupo A2. Puede acceder quien posea el título de
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título de grado, que habilite para el
ejercicio de las distintas profesiones reguladas de Ingeniero Técnico.
El proceso
de selección de la Comunidad de Madrid consta de 3 ejercicios, valorados
por un tribunal independiente.
Primer Ejercicio: Examen Tipo test que
consiste en responder 100 preguntas en 100 minutos para los A1, y 80 preguntas
en 80 minutos para los A2.
·
Cada pregunta tiene 4 respuestas alternativas, siendo sólo una
correcta.
· Cada pregunta correcta se valora en positivo, y las incorrectas
penalizan con 1/3 de su valor. Las preguntas en blanco o con más de una
respuesta no se valoran.
·
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener
al menos 5 puntos.
Segundo Ejercicio: Examen escrito que se
desarrolla en dos fases. Primeramente, se desarrollan por escrito y durante 3
horas unos temas del temario específico de la especialidad. Los A1
desarrollarán 3 temas, y los A2 desarrollarán 2 temas. Posteriormente, los
aspirantes leerán sus temas en sesión pública ante el Tribunal. Al finalizar,
el Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un plazo máximo de 15
minutos.
· Para la calificación se valora la amplitud de los conocimientos, la
calidad de expresión escrita, la sistemática en la composición de los temas,
así como su forma de presentación y exposición.
· Cada tema se califica de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una
media de 5, y no tener menos 3 de puntos en ninguno de ellos.
Tercer Ejercicio: Caso práctico, en el que se
desarrollan 2 supuestos prácticos basados en el temario específico de la
especialidad durante 4 horas.
· En la convocatoria de este ejercicio se indicará el material y la
documentación que se podrá llevar.
· El Tribunal valora el rigor analítico, la sistemática y el conjunto de
ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de
los supuestos prácticos.
· Cada supuesto se califica de 0 a 10 puntos, siendo necesario tener al
menos 5 puntos en cada uno. La calificación final es la media aritmética de
ambos.
La calificación final se determina por la
suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios de la oposición. En
caso de empate, el orden se establece atendiendo a los siguientes criterios:
·
Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad.
·
Mayor puntuación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio, por
este orden.
·
En caso de empate, el Tribunal realizará un sorteo público.
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